El texto del cofrade Fuerza7 y el dictamen que nos aporta es meridianamente claro. La realidad es que en estos casos, siempre hay por medio unos estatutos y un contrato privado que suele no conocerse, y que regula el funcionamiento aunque llegado un momento no sea de nuestro gusto.
Es un contrasentido jurídico que se pague por lo que no se usa cuando ya lo está pagando otro usuario, pero hay veces que lo que se firma, es determinante aunque el sentido común diga lo contrario.


