Gracias a todos por la info.
Confirma lo que ya suponía.
Para aclarar conceptos os explico:
Voy a comprar un barco que acaba de bajar la bandera española, por lo que tiene solucionado el IVA, el Imp. de Matriculación y el Certif. CE.
Pero como lo voy a abanderar en Holanda necesitaré tener en la embarcación el justificante del Imp. de matriculación, para poder tener el barco en España más de los 180 días permitidos.
