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Antiguo 24-09-2007, 14:51
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: No me han dado el certificado de navegabilidad

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Originalmente publicado por sanchez Ver mensaje
Ya tengo algo de noticias, pero malas:

He llamado a la náutica y me han dicho que el tema lo lleva el asesor, que mañana me dirán algo, que no tienen ni idea.

He llamado a Capitanía maritima de Cartagena, y me dicen que mi barco no tiene Certificado de Navegabilidad, Según les indica el ordenador. Que es del año 91 y que nunca se lo han hecho y que debo de hacérselo antes de salir a la mar.

Les he preguntado que ¿porque me lo han puesto a mi nombre y cambiado de nombre el barco, sin certificado de navegabilidad?, y me contestan que no tiene nada que ver, que se puede hacer.

Que hago ahora?, estoy de los nervios.

Sanchez
La prudencia siempre dice que antes de tomar una determinacíon hay que considerar los posibles argumentos de la otra parte.
Con esta salvedad, salvo que yo me haya perdido algo (o ignore algun detalle) yo diria que has sido victima de una estafa e iria a por todas, pues cada vez soy mas intolerante con las malas practicas y el choriceo.

Me explico. El hecho de que el barco no tenga certificado de navegabilidad es un factor que hubiera determinado de manera trascendental tu decision de comprarlo o no. La nautica te lo oculto (por mala fe o una dejadez injustificable). Si te hubiera dicho la verdad posiblemente no lo hubieras comprado (o hubieras negociado precio y condiciones). En consecuencia, si compraste el barco porque te engañaron, entonces esto recae de lleno en la definicion del delito de estafa (engañar a alguien para que haga un acto de disposicion patrimonial en beneficio del que engaña). No soy penalista, pero esto es asi.

Yo no me lo pensaria, asesorado por un abogado les enviaria una carta certificada denunciando estos hechos y avisando que la gravedad de los hechos es tal que les das la oportunidad de que se expliquen, pero que en caso que se confirmen tus sospechas, les pondras una querella criminal por estafa (delito recogido en el art. ... del codigo penal y que acarrea una pena de ... años de carcel). Y les llamaria para decirles que te lo solucionan o te devuelven el dinero inmediatamente, o que llevaras el tema hasta verles en la carcel.
Y a partir de alli, decidir en funcion de su respuesta: que se ponen las pilas y te devuelven el dinero o ves que se comprometen a solucionarte el problema (por escrito y reconociendo que te ocultaron esa informacion: no hay que dejar ni un resquicio)? ok. Que no? Tirar adelante sin piedad.

Por cierto, tienes comprobante del importe que pagaste? Si no es asi: tendras que demostrar de alguna manera la cantidad que de verdad pagaste. busca al menos documentacion de publicidad del barco para demostrar que su valor no es el del contrato (ahora puede que todavia este colgada la pagina web, o tengas todavia el anuncio a mano...).

Lamento que tengas estos problemas, pero cuando te la dan hay que reaccionar. Hay mucha gente que cree que si se puede solucionar en tribunales civiles es mejor y que la jurisdiccion penal esta para cacos y delitos de sangre. Etc. Yo discrepo: posiblemente tu hubieras preferido que un caco se llevara tu cartera con 500€ que encontrarte en estas. Y el codigo penal esta para algo!
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