Hola Tupac!! gracias por tu respuesta!

aunque el icono es de este tamaño, la cerveza es gigante! ;-)
Permiteme que vuelva al tema, pero cuando dices:
"2. Como residente andorrano tienes derecho a navegar con el barco que quieras con la bandera del pais que quieras. Si es de la UE tendras menos problemas practicos.
3. No tienes que pagar el impuesto de matriculacion ni ningun otro (salvo que quieras que el barco lo use un residente español sin ir tu en el)."
Te refieres a que lo abandero en andorra puedo navegar libremente por aguas comunitarias? Al no ser de la Comunidad, yo pensaba que le aplicaba la legislación a barcos no comunitarios. (ese que se mencionan en tantas mesas de por aqui! ;-) )
Pero por otro lado, hay acuerdos bilaterales Andorra con Francia y España, en la que establecen mas libertad de circulación, pero en dichos acuerdos, en ningun momento detalla aspectos relacionados con el uso y disfrute de las aguas!!!