Cita:
Originalmente publicado por nononono
R.D. 1434/1999 por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo Notas:
1. Todos los equipos obligatorios o no obligatorios instalados a bordo, deberán ser homologados y su instalación deberá ser autorizada por la DGMM.
2. No se mantendrán a bordo equipos o elementos sobrepasada la fecha de su caducidad.
3. Los propietarios y/o usuarios de las embarcaciones de recreo son los responsables de que el material que se indica en este inventario esté a bordo, así como del mantenimiento en perfectas condiciones del estado de la embarcación y de sus equipos.
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Está totalmente aclarada mi pregunta. Muhas gracias
Rebe