Hola:
Aquí tienes la norma que lo regula en España:
http://noticias.juridicas.com/base_d...7-fom.html#da5
Como norma general: Los barcos se rijen por la ley del país al que pertenecen.
Para barco Australiano, el título que exija la ley Australiana, si exige alguno.
Para barco Español, los títulos que exijan las normas Españolas.
Para barco de alquiler extranjero, lo que pida la norma del país al que pertenezca ese barco.
Para barco de alquiler Español, se admiten los títulos recogidos en el anexo XII. No se contempla ningún titulo Australiano.
Saludos.