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Antiguo 25-05-2012, 09:55
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Predeterminado Re: navegar en un barco de bandera francesa prestado

Cierto, aunque el uso ocasional de algo por una persona no supone que ese algo esté destinado a su uso por esa persona ... es como si porque un día un amigo me presta una furgoneta de su empresa para hacer una mudanza se interpretase que esa furgoneta está destinada a ser utilizada por mí.

El problema vuelve a estar en una redacción deficiente de la norma, que no define en qué consiste que ese medio de transporte, en este caso, barco, esté destinado a su uso por un residente en España. Por eso he dicho que, poder, se puede ... pero que la interpretación de Hacienda va por otro camino ... y, al final, lo determinante será lo que diga la jurisprudencia del Tribunal Supremo, no lo que diga el Tribunal Económico Administrativo, que no deja de ser un órganos dependiente de Hacienda.

En fin, el riesgo existe ... otra cosa es que la interpretación que se está haciendo de la norma por las autoridades tributarias sea ajustada a derecho.
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