Ver mensaje
  #2  
Antiguo 01-06-2012, 13:38
Avatar de Javi-Miss Regina
Javi-Miss Regina Javi-Miss Regina esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 29-03-2011
Edad: 54
Mensajes: 3,892
Agradecimientos que ha otorgado: 2,164
Recibió 1,569 Agradecimientos en 858 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Impuesto Transmisiones Patrimoniales

Cita:
Originalmente publicado por otoio Ver mensaje


En este hilo se hablaba del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) (compra de una embarcación de segunda mano), no de abanderamientos...

Por tanto, para el pago del impuesto, no hay que homologar nada.

Aunque tuviera marcado CE, si no aparece en las listas, y por decirlo de una forma simple, en principio tendrás que pagar el ITP por el precio que se recoja en el contrato.

En Comunidades Autónomas de "régimen común", esto es, todas aquellas menos la comunidad del País Vasco (con sus correspondientes territorios históricos) y Navarra, si el precio del contrato es mayor que el valor en esas tablas o listas, vale el precio.

Todo ello dicho sencillamente. La realidad jurídica del valor real es o puede ser más compleja. Pero entiendo que lo que planteas es una situación "normal" y que no te quieres complicar la vida.


Hola otoio,

Hace unos años restauré un coche clásico, el cual no estaba registrado en tráfico y tuve muchísimos problemas para matricularlo. Tuvimos que homologarlo, una larga historia... Fué un suplicio.
Ahora tengo a la vista una posible compra de un barco con bandera canadiense en una empresa portuguesa. Aunque el barco está en España y según me han dicho tiene los impuestos pagados en nuestro país (no se exactamente que querrán decir con esto). Voy a ir a verlo este fin de semana y estaba intentando recabar algo de información, para ver si me entero un poco. Admito que soy un auténtico negado para los temas administrativos

Pero claro, parece que esto no tinene nada que ver con mi historia del coche...



Muchas gracias por la información, voy atando algunos cabos
Citar y responder