Cita:
Originalmente publicado por pato
El mercante siempre tiene capacidad de maniobra restringida si no fuera asi pa que servirían los remolcadores (...)
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Los mercantes no siempre tienen capacidad de maniobra restringida, cuando la tienen deben indicarlo.
Pueden tener su capacidad de maniobra restringida por el trabajo que estén realizado, por las características de la zona de navegación, etc. En algunas de esas circunstancias es cuando requieren del servicio de remolcadores , cuando navegan en condiciones normales tienen que aplicar la regla. Independientemente de todo lo que, de forma razonable, se comento y que es de sentido común.
Esta tarde sin ir mas lejos, un mercante que multiplica por diez la eslora de mi velero, se desvío lo necesario y con tiempo suficiente para pasar por mi popa cuando yo, que cruzaba la ría de Ares de norte a sur, estaba a punto de birar para no cortar su rumbo, yo iba de paseo y ellos trabajando.
Como es de ley se lo agradecí de forma notoria al que iba en el puente.
