Veo que hay muchos hilos sobre el tema de navegar en España, siendo español, con un barco de bandera extranjera, pero la verdad es que anda la cosa un poco liada o, al menos, eso me parece.
La cuestión que planteo es la siguiente:
Si compro un barco con bandera de algún país de la unión europea,
1º.- ¿Tengo obligación de gestionar el cambio de bandera a la española? (parto de la base que soy español y resido en España)
2º.- Si no tengo obligación de cambiar a la bandera española, ¿dónde se puede obtener la legislación que debe cumplir el barco sobre seguridad, revisiones, zonas de navegación, etc.?
3.- Si puedo comprar el barco y no cambiar la bandera, se habla sobre la obligación de pagar los impuestos en España. ¿Qué impuestos? ¿Cuánto puede suponer este desembolso?
4º.- Al no estar sometido a la legislación española, ¿debo pasar la itb?
5º.- ¿Estoy limitado por la lesgislación española a las zonas de navegación existentes aquí?
6º.- ¿Cuáles serían los trámites a realizar en la compra-venta?
7º.- Seguro que hay otras posibilidades, cuestiones, dudas, etc. que en este momento no se me ocurren, pero os agradecería que las comentaseis aquí.
Se que sois muchos los que sabéis sobre estos temas. Os ruego que seáis breves y sencillos en las respuestas.
Gracias anticipadas
