Tenía entendido que, en la época de baño, no se puede navegar a menos de 200 m de la línea de costa (50 m si es acantilado). Sólo se puede acceder a la playa por canales balizados, y a menos de 3 Kts. Eso es lo que nos enseñan para el carnet, no?!. Supongo que no hay excepciones (por lo menos no me consta). Lo que me extraña qes que te multen por exceso de velocidad, y no por esto!.
