Cita:
Originalmente publicado por jiauka
Artículo cuarto.–Los buques están obligados a izar el Pabellón nacional a la vista de buque de guerra o fortaleza, a las entradas y salidas de puertos, y, en éstos, de sol a sol, en los días festivos y cuando así lo disponga la autoridad competente. Estarán igualmente obligados a izar el Pabellón nacional cuando así lo requiera la costumbre internacional o las disposiciones aplicables en espacios marítimos sometidos a jurisdicción extranjera.
sacado del BOE.
Es patético que tanta titulitis, examenes, etc, en este país no solo no se aprende a navegar, si no que encima nos llenamos de falsas normas y leyes, y hablo en general, no es ni mucho menos algo contra ti, yo mismo me he creido muchas de ellas.
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Me ha gustado eso de ..."
...a la vista de buque de guerra o fortaleza..." le falta exigir el saludo militar... vaya soberana tontería!!! ¿estamos hablando de náutica de recreo o es que están suneos?
Bueno, volviendo al tema principal del hilo...si el tema del pabellón lo regula el BOE tal y como nos cuentas, entiendo que los 1.500€ de multa mencionados en el Post #
1, sólo será posible si es entrando/saliendo de puerto, horario diurno, día festivo y por supuesto...si hay a la vista un buque de guerra o fortaleza...


En el resto de casos no te pueden multar...
En fin, qué cosas...
