Cita:
Originalmente publicado por Mariate
¿Y qué diferencia existe entre matricular y registrar? 
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La figura del Registro es nueva, se aplica a embarcaciones de menos de 12 metros y tiene un procedimiento simplificado, teóricamente más sencillo que el de la matriculación de toda la vida, aunque la navegación de las mismas queda constreñida a las aguas territoriales españolas, es decir, hasta las 12 millas náuticas de la costa que suponen el límite del mar territorial, en resumen, como si estuvieras en Zona 4.



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