Cita:
Originalmente publicado por Josep
Os comento mi caso por si alguien me puede aclarar el tema de los impuestos.
- Hace tres años compré barco procedente de USA.
- Se da de baja la bandera americana.
Se hace marcado C.E.
- Pasa inspección.
- Pago impuesto de matriculación y abandero en España.
Ahora quiero abanderarlo en Bélgica.
Sigo el procedimiento que toca.
En el caso de que por los motivos que sean tengo que volverlo a abanderar en España, ¿debería de volver a pagar algún impuesto?

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No. El articulo 65.1.b de la Ley de Impuestos Especiales grava "la primera matriculacion".
Salut!
Tupac Amaru