Cita:
Originalmente publicado por Choquero
Seguramente peque de ignorancia supina sobre el tema, pero tengo entendido que cuando se es propietario de un vehículo terrestre o marítimo con matrícula/bandera extrangera, se debe de volver al pais de origen de la bandera con el vehículo cada cierto tiempo, y que no son las capitanías las que multan si hay denuncia por parte de la G.C. o Aduanas, si no directamente Hacienda.
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Ademas, eso que dices no es correcto. Es una confusion -bastante comun- con la normativa del IVA (relevante unicamente si no has pagado IVA por el barco) y las normas sobre determinacion de la residencia de la persona que usa el barco (que afectan a la persona, no al barco). Pero, para mayores aclaraciones, mejor en otro hilo para dejar este para lo que es.
Salut!
Tupac Amaru