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Antiguo 01-08-2012, 18:38
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Predeterminado Re: Guardia civil em Baleares

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Originalmente publicado por genoves Ver mensaje
Si la GC de carretera puede parar/denunciar/inmovilizar/detener un vehiculo extranjero por una falta administrativa (exceso de velocidad), también podrá hacerlo con un barco, p.e. por fondear mal, no creo que influya el hecho de ser milis. ¿no?
De acuerdo con el articluo10.2 del Codigo civil español, la normativa aplicable a un barco es la correspondiente a su pabellon, mientras que los vehiculos y los trenes se rigen por la ley de la carretera o via por la que circulan. Por tanto, la normativa española de titulos, equipos de seguridad, revisiones, homologaciones, etc. no es aplicable en absoluto a los barcos de otras banderas.

Hay algunas materias, relativas a la seguridad del trafico maritimo, que si puede regular el Estado local. Una es el seguro. Y estoy convencido que si miras la Convemar (Convencion de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, firmada en Mongego Bay) establecera el sometimiento de todos los barcos a las normas sobre trafico, fondeo, areas de proteccion natural, zonas prohibidas por motivos de seguridad, etc.

Y, por supuesto, claro que se puede inmovilizar, precintar, embargar, etc. un barco de otro pabellon. Pero nada de eso significa que el barco quede a la normativa del Estado en cuyas aguas territoriales navega.

Salut!

Tupac Amaru
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A.
genoves (01-08-2012)