Cita:
Originalmente publicado por genoves
Si la GC de carretera puede parar/denunciar/inmovilizar/detener un vehiculo extranjero...
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En Catalunya NO, ni siquiera puede parar a 1 vehículo "nacional", no tiene competencias.
Y la del mar no tiene competencias sobre barcos con bandera extranjera, excepto en tráfico de drogas o esclavos.