Cita:
Originalmente publicado por LP706
Art. 6. El titular de un buque, embarcación o artefacto naval de cualquier lista tiene la obligación tanto de solicitar su matriculación como la baja en la lista correspondiente.
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Desde mi inocencia pregunto que ley me obliga a tener 1mi buque, embarcación o artefacto naval (te juro que pensaba que lo mio era 1 velero) en 1 lista?
SI no lo tengo en ninguna, no lo matriculo, y "listos".
Y ya que sabes tanto, me gustaría saber en que lista está inscrito el telefonica de la VOR o el Estrella Damm de la BWR, por poner 1 par de ejemplos.