Cita:
Originalmente publicado por Tupac A.
2. Si hay una disposicion de rango legal (la DA1 de la LIE), que distingue perfectamente en que casos hay obligacion o no de matricular. ¿Como puedes pretender que sea un simple RD el que regule esa obligacion? Si la obligacion de matricular la estableciera ese RD (cosa que evidentemente, no sucede) seria ilegal, porque seria contradictorio con la DA1 de la LIE, que tiene rango legal y si establece unos casos en los que hay obligacion de matricular y otros no.
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Olvida por un momento la DA1, cuando te enteres de los que va, podras ver que no se contradice con el R.D. 1027/1989, para nada.
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Originalmente publicado por Tupac A.
3. Si fuera cierto que esa norma es la que establece la obligacion de matricular, y dado que esa norma no distingue en que casos hay obligacion de hacerlo y cuales no (lo de que se aplica solo a residentes te lo sacas de la manga), entonces TODOS los barcos del mundo estan obligados a matricularse. Incluso el barco de un californiano que lo tiene amarrado en San Diego y que ni ha estado nunca en el Estado español ni tiene intencion de ir (ni en su barco ni en avion). ¿Tiene eso sentido?
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Obligación de matricular para los residentes en España, el resto del mundo no puede ser afectado por una norma Española.
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Originalmente publicado por Tupac A.
4. Es mas. El articulo que citas establece la obligacion "tanto de solicitar su matriculación como la baja en la lista correspondiente". O sea, que igual que este articulo obliga a matricular, obliga a dar la baja, ¿cuando hay que dar el alta y cuando la baja? ¿cuantas veces? ¿una vez al año hay que matricular y dar de baja?
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Por supuesto matriculas cuando pones en servicio una embarcación y baja cuando la deguazas o exportas, etc. parece fácil de comprender.
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Originalmente publicado por Tupac A.
En definitiva, que esa norma no puede ser la que establezca en que casos hay que matricular o no, por la sencilla razon de que esta norma no distingue ningun caso en que habria obligacion de matricular o de dar la baja. (Por eso te sacas de la manga que esta norma se aplica a residentes, cuando ninguna norma lo dice).
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Te faltan conceptos básicos, para entender cualquier norma.
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Originalmente publicado por Tupac A.
Ahi tienes demostrado cuatro veces que esa norma no puede ser la que establezca la obligacion de matricular. Por tanto, repito mi pregunta:
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Hasta ahora lo único que has demostrado es que tus conocimientos sobre conceptos elementales, en derecho, son cortitos. De todas formas te paso el resto, por si eres capaz de entenderlo.