Cita:
Originalmente publicado por genoves
¡¡¡Pues no estoy de acuerdo... conmigo mismo!!!
Parece ser que si hay concesiones privadas que NO pagan ENTERA la G5 y otras que SI. Supongo que en los dos casos que te expongo, al ser en el interior de sendos puertos comerciales, de cuyo dragado y demás mantenimiento se ocupa la admón, SI toca pagar la G5. Es posible que puertos enteramente construidos,mantenidos y gestionados por una concesionaria (se me ocurre el Campomanes en Altea), no se paga entera la tasa o no paga nada.
Mira este documento, busca G5, PG.6
http://portales.gva.es/c_economia/we...n9/juris_9.pdf
Yo lo que sigo sin entender es lo del IVA.
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Amigo, es la misma pregunta que me plantee yo hace unos meses. Hable con la agencia tributaria, concretamente con IVA, la pregunta era " se puede cobrar IVA a una tasa" son dos impuetos. me explicaron de se puede gravar IVA tasa solo a los aeropuertoarios y puertos según el punto 8 de la ley de IVA.
Desde luego hay que joderse, a nosotros por usar el dominio publico " lamina de agua dentro de un puerto" nos cobran IVA, y si ocupas la calzada o un camino publico "tipo coto de cazas" están exentas de IVA.