Cita:
Originalmente publicado por ENRICACION
Salvo en marina mercante y de guerra que hay distitos rangos abordo, en recreo y pesca
solo existe la figura del PATRON ABORDO
Luego tendras como titulo lo que sea, PNB PER PY o CY.
Que solo vale para delimitar eslora y millas.
Con lo que abordo de recreo ni un CY se considera Capitan. Es el patron del barco
y por tanto un PNB PER o PY tampoco seran capitan. Son
de igual manera el patron del barco X y asi se identifican todos ppr
la emisora y en las capitanias de puerto cuando pregumtan
quien es el patron, jamas capitan
Eso de distinguirlo es solo para cuando te pare la GC
Pero como bien te dicen pa ti solo como si te pones plumas y pides
a la tripu que te llame Priscila Reina del Desierto.
Estamos en un pais libre
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Esto en absoluto es asi. Solo tienes que mirar la ordenanza de la patente de navegacion, ahi veras claramente que expresa la palabra capitan y no patron, eso si....tiene que ser capitan....de yate, no patron.Me refiero a nautica de recreo..claro
De todas formas no coged el rabano por las hojas
Un patron tiene la misma autoridad que un capitan en navegacion internacional o por fuera de las 12 millas,sigue siendo el representante del pais a bordo y el unico que puede levantar actas de lo que sea y presentarlas ante consulados y embajadas.
Por tanto....me da lo mismo que lo mismo me da, pero dicho eso, a mi no me parece correcto que alguien sin ser capitan civil ( capitan de yate) diga que es capitan. En aeronautica pasa lo mismo.
