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Antiguo 14-09-2012, 23:48
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Predeterminado Re: Llafrnc Puerto Problematico

Tergiversas el texto legal:Cuando la norma define el ámbito subjetivo lo realiza mediante la descripción de cuatro apartados.No debes efectuar una lectura del art.2 mezclando los distintos (y diferentes) supuestos contemplados en cada uno de los cuatro subapartados:Un apartado se refiere a buques de arqueo superior a 300TRB y otro a embarcaciones de recreo de eslora inferior a 45 metros,sín que la norma,condicione este ambito a que dicha embarcación de recreo de eslora inferior a 45 metros tenga un arqueo bruto superior a 300 TRB.

Ahora bien,si la cuestión fuera determinar cual es la razón por la cual el legislador se refiere precisamente a buques de arqueo superior a 300 TRB,probablemnte el thema este relacionado con las atribuciones de los títulos profesionales y a la distinción entre Patrón de Altura, Patrón de Litoral y Patrón de Tráfico Interior:
Siendo que el Patrón de Altura, que debe estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Navegación, Pesca y Transporte
Marítimo y haber cumplido las prácticas pertinentes (entre otros
requisitos), podrá ejercer de patrón en buques de arqueo igual o inferior a
1.600 TRB que no sean de pasaje, y en buques de pasaje de un arqueo
igual o inferior a 300 TRB y con un máximo de 250 pasajeros (a un máx.de 60 millas.)

Es decir,el límite cuantitativo en cuanto al arqueo bruto posiblemnte viene dado por los límites de las atribuciones del patrón de altura respecto a buques de pasaje.Este es un criterio muy utilizado en la normativa de derecho marítimo y en el código de comercio,que con las Directivas cada vez va perdiendo mayor alcance.Así por ejemplo,las obligaciones de instalar un AIS,vieen dadas por límites de arqueo bruto,que a su vez vienen condicionadas por atribuciones del propio título.

Por último,la aparente incongruencia que señalas respecto a la identidad de exigencia entre el buque de arqueo superior a 300 TRB y un barquito de recreo de 10 metros,no es tal:Al barquito se le aplica,sólo y exclusivamente,los apartados 17 al 25,no toda la norma.

Keith:Aprobado justito,pero merecedor del aprobado toda vez que es quien nos ha iluminado con la existencia de la norma.



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