Yo solo he tenido un percance menor con un barco de charter. Al atracar tocamos el barco de estribor y lo empujamos hacia el muelle. Al no tener defensas en la popa, se produjo una rozadura en la fibra del otro barco (el nuestro no tenía ni un rasguño). Lo comunicamos en el puerto y también al devolver el barco de charter a la empresa de alquiler. Debido a eso, la empresa de charter pretendía retener la fianza para cubrir la reparación del otro barco. Les comentamos que esos daños estaban cubiertos por el seguro de responsabilidad civil (al cuál no le aplica la franquicia, que sólo es aplicable a los daños propios). Tras una larga 'discusión' decidieron llamar a la empresa de seguros donde les confirmaron que el seguro de responsabilidad civil no tenía franquicia, por lo que finalmente nos devolvieron la totalidad de la franquicia. Supongo que para las empresas de charter es más sencillo retener la franquicia para cubrir los daños y así evitar los papeleos pero, al menos en nuestro caso, tras insistir bastante no hubo mayor problema.
Un saludo y
