Pero entonces, según dice desde el 2010 estamos en un período transitorio. En mi caso, el contrato esta firmado a final de 2009, y ni en el contrato, ni verbalmente se expresa encontarse en dicho período, por lo cuál, en mi opinión hay una manifiesta falta de información. No sé, pero creo que todos deberíamos reclamar esta información.
Me explico con mi caso:
fecha de formalización del contrato: Octubre 2009
Régimen de IVA (según contrato): 77/388/CEE
Existe una clausula en la que se cita "Cuando el Arrendador NO es sujeto pasivo, se aplicará en IVA de español a partir del 1/2013", pero quién NO es sujeto pasivo. Aqui está la trampa, yo creo

