Re: Contrato compra venta
Entiendo que, no por ser especialmente denso y prolijo en sus estipulaciones, un contrato va a implicar necesariamente menos posibilidades de ulteriores desacuerdos y conflictos entre las partes contratantes. En puridad el contrato es válido y suficiente identificando a las partes contratantes, la causa o negocio jurídico objeto del mismo y el precio o contraprestación. Por supuesto que cualquier contrato es susceptible de innumerables matizaciones pero, en defecto de estas, nuestra legislación prevé casi todas las posibles contingencias que, no habiendo sido previstas o reguladas por las partes, pudieran derivarse de la interpretación o cumplimiento de un acuerdo contractual. Por regla general cualquier discrepancia acabará siendo consultada al letrado de turno.
|