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Antiguo 29-10-2012, 12:44
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otoio otoio esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Impto. Transmisiones Patrimoniales

Cita:
Originalmente publicado por eanta Ver mensaje
Como las CCAA incompetentes, ni remitían el expediente ni remitían el dinero a la CCAA competente, ha cambiado el Reglamento, y ahora el pago mal hecho no es liberatorio.
Si yo fuese el comprador intentaría hacerlo bién, y así lo aconsejo, pues ya lo dice el refrán "De aquellos polvos vienen estos lodos"
El artículo 106 del Rgto del ITP-AJD está en vigor tal y como lo he pegado.
Y tratándose de una materia "específica", y siendo también Rgto, igual jerarquía normativa, creo que vale "más" que lo dispuesto, en términos generales, en el Rgto de Recaudación.

Cita:
Originalmente publicado por eanta Ver mensaje
Parece que una conducta negligente o culposa también es sancionable
Cierto, pero en este caso, no hay una conducta negligente ni culposa (dolosa). En mi opinión, of course.

Pero como va a ser que podemos seguir discrepando hasta la eternidad , amistosamente , of course, no me quiero poner pesado.
Ahí lo dejo.

Y una ronda, que ya tenemos secas hasta las meninges...

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Sausalito III (Puma 26)
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