Cita:
Originalmente publicado por jiauka
"a) El presente Reglamento se aplicará a todos los buques en alta mar y en todas las aguas que tengan comunicación con ella y sean navegables por los buques de navegación marítima."
fuera de aguas navegables que no estén comunicadas con el mar y sean navegables por barcos marítimos NO se aplica, y los títulos no sirven.
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Cita:
Originalmente publicado por Bohemia
....es para ir con mi propio velero por los canales de Francia.
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Pues según apunta el cofrade Jiauka, esos canales al ser navegables y estar comunicados con la mar, te debería valer con el título que tengas.
Y lo que encuentro poco lógico, es que no dejen llevar un velero de 10 metros, a una persona que tenga el título pertinente (PNB PER PY CY). Yo he navegado en pantanos (con neumática) y no veo tanta diferencia con la mar, como para que haya que tener un titulación especial.
Salud,

y
