Gracias Marlow, eso era lo que estaba buscando, el art. 1 de la ley 60/1962 dice que:
"El auxilio y salvamento de los buques de navegación marítimo o aeronaves en el mar que se encuentren en peligro, de las cosas que se hallen a bordo, del flete y del precio del pasaje, así como los servicios del mismo género que se presten entre sí los buques de navegación marítima y los de navegación interior, quedan sometidos a las disposiciones siguientes, sin que haya lugar a distinguir entre ambas clases de servicios ni a tener en cuenta las aguas en que hayan sido prestados."
Así que deduzco que no distingue entre navegación maítima e interior.
Por cierto, encontré una página bastante interesante al respecto, por si no la conoceis es:
http://www.robertexto.com/archivo7/salvamento.htm
X Tantanka: por supuesto que sí, está en el camping, y no tiene pérdida, es el que tiene la proa justo al revés que el resto. Amarrado a una boya redonda y roja que pone ODDY