Re: Impugnación PER Andalucía NOV2012
Estoy de acuerdo con Guyuflo las alegaciones deben presentarse en los siete días posteriores a la publicación de las notas provisionales y deben dirigirse al tribunal único lo que no se, es si el escrito hay que dirigirlo cada uno a la consejeria de la provincia donde se presentó o qué.
Pienso que la pregunta 21 también es impugnable, yo como ya ha comentado otro cofrade, yo no he encontrado ningún texto oficial que permita soportar la alegación. Sería interesante que pusieramos todo esto en común para que todas las alegaciones fueran lo mejor argumentadas posible.
Y que corra la cerveza.....
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