Con respecto a la pregunta 21... lo veo más complicado.
Yo lo más oficial que he encontrado ha sido la publicacion del ministerio comentada en el recurso.
http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr...onYate2012.pdf
y en el apartado 6.3 del capitulo 7 (pagina 50

) se hace distincion entre alerta, llamada, y mensaje
y dice:
" las comunicaciones de seguridad consisten en un
anuncio de seguridad, transmitido por llamada selectiva digital, seguido de la
llamada y el
mensaje de seguridad transmitidos por radiotelefonía.
No obstante, para evitar cargar innecesariamente las frecuencias de llamada de socorro y seguridad especificadas para emplear las técnicas de llamada selectiva digital:
a) no se deben utilizar técnicas de llamada selectiva digital para transmitir los
MENSAJES de seguridad enviados por las estaciones costeras segun los horarios definidos.
b)......"
Entonces no se por donde cogerlo, porque a mi me enseñaron que los programados nunca por el 70 pero bueno... no se como enfocar el recurso.