Hola, el derecho de la administración para exigir las deudas tributarias prescribe a los 4 años (artículos 66 y siguientes de la Ley General Tributaria), es posible q ya lo sepas, si es así

, pero por si acaso

. Dependiendo de las fecha de 2008 y 2012 podría estar prescrito

. Aquí puedes saber algo más:
http://noticias.juridicas.com/base_d...03.t2.html#a66
Si fuese el caso haces un escrito solicitando la anulación por prescripción y a esperar (y míralo bien, no sea que tu propio escrito interrumpa la prescripción).
Saludos
