Re: PY Valencia Dic 2012
Que contestaríais en:
4.- La protesta de mar deberá presentarse:
a) Ante el juzgado maritimo permanente en un plazo de 24h de la llegada a puerto.
b) Ante capitania maritima en un plazo de 24h de la llegado a puerto.
c) Ante el juzgado de Instrucción o consul en el extranjero en un plazo de 48h de la llegada a puerto.
d) Ante el juzgado de instrucción o consul en el extranjero en un plazo de 24h de la llegada a puerto.
15.- Las embarcaciones de recreo, además de tener que pasar reconocimientos periodicos o intermedios en su, habrán de pasar un reconocimiento adicional. ¿En cual de los siguientes casos?
a) En caso de haber sufrido una varada involuntaria.
b) Cuando lo requiera un organo judicial.
c) Al vender el barco, para poder hacer el cambio de nombre
d) Por resolución motivada de la Dirección General de la Marina mercante.
--> En esta dudaba entre la "a" y la "d" porque creo que la "d" es cuando es un reconocimiento extraordinario y la pregunta habla de reconocimiento adicional. Pero tengo entendido que tiene mayor importancia que la "a" y supondría un reconocimiento adicional.
Editado por marcella en 02-12-2012 a las 11:40.
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