Creo que este tema no ha salido exactamente como lo planteo. Si repito, me perdonáis
Si me llevo mi barco a otro país de la UE durante unos años o definitivamente y le mantengo el pabellón, ¿debería pagar el IVA u otros impuestos (que en otros sitios los hay) del país de destino?
En el caso de que en ese tiempo me tocara pasar la ITB española, ¿cómo lo resuelvo?
Gracias y unas


