Cita:
Originalmente publicado por vertijean
Lo que si tienes que hacer es poner en la embarcación " AUX embarcación tal "
Y notificar a tu seguro para que la cobertura de tu barco se aga extensiva a la Aux .

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«Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia
de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW, siempre y cuando sea destinada exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve. Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal.