Cita:
Originalmente publicado por MISTRAL67
Unas rondas  .
Y pregunta para los expertos en la materia. Un residente español, puede patronear una embarcacion con bandera extranjera (Belga, Holandesa, Reino Unido etc..), por aguas españolas, con la titulación correspondiente para poder patronear dicha embarcación y requerida en territoro español? sin que el armador este a bordo, y con el correspondiente permiso del armador por escrito si fuera necesario.
|
Ahí ya estás rizando el rizo....
En el caso que comentas se tendría que liquidar en hacienda el 12% de impuesto de matriculación.
