Cita:
Originalmente publicado por NEFTA
Recuerdo que esta prohibido entrar a vela en los puertos si no es por unica necesidad...
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Esto no es así:La prohibición afecta a los puertos que estan dentro del ámbito de Puertos de Estado.En la zona de Catalunya (o Cataluña),Barcelona y Tarragona.(Puertos de interés general).
En los demás puertos es la Capitanía quien podría prohibir,pero la prohibición no se presume.Existen puertos donde de foma expresa se expone que está permitida la navegación a vela:Sant Feliu de Guixols y Mahón.(Donde además ,en ambos,las regatas suelen tener la entrada en el interior del puerto).Es posible que se trate de un rescoldo legislativo de la época donde la mayoría de la navegación se realizaba a vela.