Cita:
Originalmente publicado por eborges_tfe
¿Y qué pasa con la normativa de protección al consumidor?
Cualquier producto nuevo vendido en España tiene 2 años de garantía. Da igual que sea un coche de alta gama, que un artículo de uno todo a 1€. Por supuesto que esa funda tiene 2 años de garantía, y dicha obligación es solidaria entre vendedor y fabricante. Tienen opción a reparar, sustituir o devolver el importe. Y no hay más. Si no acceden, no hace falta discutir más. Se le pide la hoja de reclamaciones y visita posterior a la OMIC municipal más próxima con la factura de compra, la hoja de reclamaciones, fotografías y cuantas pruebas podamos aportar. Tardará más o menos pero con toda seguridad se resuelve el problema.
Para algo que está absolutamente claro en la legislación y que nos protege, resulta que no ejercemos nuestros derechos.
Saludos y 
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No es exácto. El primer año es tal cual dices. El segundo, según qué producto el gabricate te puede requerir un informe pericial que debes pagar tú que demuestre que el fallo se debe a un defecto de fabricación. En cámaras de video Panasonic por ejemplo es así. Por suerte Panasonic tiene un convenio con el CortaIngles, que fue donde la compré, para no tequerir dicho informe a las cámaras que estos les enviaban en el segundo año de garantía.
Como ves cada caso es un mundo y no es todo tan bonito e idílico como nos lo pintan.
Ampliación: mi caso de la cámara es de 2006.