Salud

Tienes razón
esquitx. En correos antigüamente se permitía abrir el paquete si el remitente lo autorizaba por escrito pero ya no.
Este es el art. de la
Ley 43/2010 del Servicio Postal Universal donde se regula el tema:
Artículo 6. Inviolabilidad de los envíos postales.
1. Los operadores postales deberán cumplir con el deber de fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales.
Se considerará incumplimiento de dicho deber la detención contraria a derecho, el intencionado curso anormal, la apertura ilegal, la sustracción, la destrucción, la retención indebida y la ocultación de los citados envíos postales.
2. Sin perjuicio del derecho a la propiedad de los envíos postales reconocido en el artículo 13, los envíos postales sólo podrán ser detenidos o interceptados y, en su caso, abiertos por resolución motivada de la autoridad judicial conforme a la ley.