Ver mensaje
  #727  
Antiguo 07-02-2013, 19:05
Avatar de Tupac A.
Tupac A. Tupac A. esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-07-2008
Mensajes: 1,332
Agradecimientos que ha otorgado: 455
Recibió 761 Agradecimientos en 334 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

Cita:
Originalmente publicado por Javitxu Ver mensaje
Buenas tardes, vayan por delante unas birras

Me ha surgido una duda al hilo de los cambios de bandera que no se si podréis aclararme... qué sucede si un comprador se hace con un barco que ha cambiado de bandera por el metodo que estáis usando, es decir, cambio de española a belga de un residente español (sin cambio de titular)...?

Entiendo que si la situación del vendedor puede ser "alegal" en cierto sentido porque no se ha acogido al supuesto que permite la ley y simplemente "ha colado" el cambio en Capitanía...con el cambio de propietario el comprador sí que cumpliría el supuesto que permite la ley porque el barco ya tiene bandera belga antes de la compra?!

Quiero decir que aunque la administración llegado el caso pudiese "revocar" de alguna manera el cambio de bandera inicial por "saltarse la ley" o imponer alguna multa... con la posterior compraventa se podría actuar contra el nuevo propietario o no?! Y contra el vendedor que ya no posee el barco?!

Qué pasaría en este caso? Alguna previsión?
Si bajas la bandera, esta bajada la bandera. Y eso no se revoca. Ademas, tu no "cuelas" la bajada de bandera. Es un tramite que tu haces porque te da la gana (faltaria mas que no puedas exportar el barco cuando quieras) y la administracion no puede ponerte pegas. Pero el hecho de que lo tramiten tampoco significa que te esten aprobando tu situacion personal.

Otra cosa es que si, con el tiempo, la administracion cambiara de criterio y decidiera aplicar la legislacion correctamente, entonces los que haubieran cambiado de bandera "a la brava" tendrian un problema porque les podrian decir que estan incumpliendo la disposicion adicional primera de la Ley de impuestos especiales. E incluso les podrian sancionar por ello.

¿Que pasaria entonces con los que incumplieron esa obligacion en el pasado y hubieran vendido el barco? Si se demostrara que han navegado en aguas españolas (por ejemplo, con las webs de clubes nauticos con las regatas en que hubieran participado), les podrian sancionar igual que a los nuevos propietarios.

Sinceramente, tal como estan las cosas, no parece que eso vaya a suceder. Aunque teoricamente nunca se sabe.
Citar y responder