Me queda claro que si soy español y residente en España no puedo "conducir" ni tampoco "usar" como pasajero un barco de bandera extranjera que sea mío, ni un solo día sin haber pagado los impuestos.
¿No había algo de "paso inocente" cuando se va "de paso"?.
Por suerte mi barco, de actual bandera belga, fue comprado en España y el primer propietario español lo tuvo matriculado aquí, lo que indica que se pagó el impuesto de matriculación y el IVA español en la importación original.
