Cita:
Originalmente publicado por xy48
Probablemente esté equivocado, pero yo siempre he creido que entre particulares no hay IVA. Yo soy un particular y tengo alquilada una casa a otro particular y no tengo que poner iva en el recibo, creo que tampoco si le alquilo tambien una plaza de garaje, si alquilo un local comercial entonces si tengo que poner iva. Segun la lógica anterior pensaba que alquilar un particular un punto de amarre a otro particular no lleva iva, otra cosa distinta es que tengas que declarar lo cobrado como ingresos y tributar en la declaracilon de la renta.
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A pesar de ser particular, tienes la obligación de darte de alta en el censo de "empresarios", un amarre tiene el tratamiento como si fuera un local de negocios, y por tanto devengara IVA, a partir de ese momento trimestralmente ya tienes que hacer las declaraciones correpondientes, eso si, en el caso de que lo alquiles con todo incluido (luz, agua mantenimiento del puerto etc.) tienes derecho a descontarte ese Iva soportado.
Eso de ser particular, deja de serlo en cuanto te dedicas a negocios.
En cuanto a las viviendas (siempre que sea habitual, no cuela por ejemplo un apartamento que se alquila en temporada turistica) están exentas de IVA, en ese caso no tienes que darte de alta en ningun censo, solo declarar los ingresos en la declaración de renta y logicamente deducir los gastos ocasionados por alquilar esa vivienda.
