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Antiguo 25-02-2013, 23:27
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por Nelson Ver mensaje
Luis, mirate el link que puse anteriormente:

"[...] En consecuencia, el obligado al pago del impuesto en el caso planteado en el escrito de consulta será la persona residente en España al ser esta la persona que está utilizando la embarcación en el territorio español y a la que hace referencia la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1992”.

"A la vista de esto, situaciones tan habituales como las de invitar a navegar (o peor, a pernoctar a bordo) a personas residentes en embarcaciones no matriculadas, podría derivar en la incomprensible obligación del invitado (residente en España) a hacer frente al pago del 12% del valor de la embarcación, más la correspondiente sanción, y de no hacerse efectivo el pago la embarcación quedaría inmovilizada indefinidamente."

Otra cosa es que en la práctica se aplique hasta estos extremos...pero piensatelo antes de aceptar la cerveza !

Sobre la posibilidad de que, por el hecho de haber un invitado residente, se devengue el impuesto, fijaos bien en el post de Nelson.

La DA1 no concreta que significa eso de "usar". Pero, ojo, lo que dice Nelson, y yo suscribo, es que, ante la indeterminacion de la redaccion, a la administracion le podria dar por interpretar que el hecho de tener un invitado residente a bordo ya hace devengar el impuesto. Pero no dice que esta sea la interpretacion que esten aplicando.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A.
LSV (26-02-2013)