Cita:
Originalmente publicado por LP706
En el caso de un barco Portugués dedicado a Charter, propiedad de una empresa que ejerce esa actividad en Portugal, no habría problemas si entrara ocasionalmente en España patroneado por un residente.
Distinto sería si la empresa Portuguesa tuviera sus barcos en España para alquilarlos aquí.
Y distinto sería si lo de empresa de charter fuera una "pantalla" para mantener el barco con bandera Portuguesa y hacienda lo detecta.
Cada vez que tocamos puerto dejamos constancia del barco y del patrón y esos datos los puede manejar la administración y detectar que el mismo barco y el mismo patrón, residente en España, se mueven habitualmente por puertos Españoles.....verde y con asa.
Saludos.
|
Creo que la empresa de charter no tiene mucho que ver con mi caso, yo adquiero un bien (el barco), con un producto financiero (el leasing). La empresa de charter el propietaria del barco y me lo alquila a cambio de dinero