Y dice cosas muy raras ....
MEDIDAS SANITARIAS DURANTE LA PERMANENCIA EN PUERTO
El capitán o patrón del barco, mediante anotaciones en el reverso del certificado
de libre plática, está obligado a dar cuenta, durante su permanencia
en puerto, de cualquier incidente de carácter sanitario que ocurra a bordo;
esto incluye cualquier alteración de la salud de los tripulantes, pasajeros o
animales a bordo, así como una gran mortandad inexplicable de ratas. No
permitirá el traslado de ningún enfermo sin la autorización escrita de la Autoridad
Sanitaria.