Por lo que estoy leyendo en internet debe de haber dos modalidades posibles de contrato en lo tocante a perdida total:
-por un lado,indemnizacion a pagar en caso de perdida total: "valor venal". Que sería mas o menos el dinero que se obtendría por el barco en un momento determinado si se pusiera a la venta, que es ,creo, lo que determinaría el perito.
-por otro ,lo que creo que se llama póliza pactada, en la que sí figura una cantidad determinada.
Gracias por las aportaciones,cofrades

