Saludos Cofrade, de hecho un particular no puede utilizar un barco en lista 6ª para uso particular. Si se mantiene en lista 6ª su titular tiene que estar dado de alta cómo empresa dedicada a la actividad real de alquiler de barcos, y estar en condiciones de probar administrativamente y contablemente que ejerce ésa actividad, amén de cumplir todos los requisitos de revisiones del barco y material, cobertura de riesgos especial en tema de seguro etc. etc.
Al pasarlo a lista 7ª debe pagar el impuesto de matriculación, pero no sobre el valor de mercado del barco, sino sobre el valor de baremo de que dispone la oficina liquidadora en función del modelo, y antiguedad, siendo así que es muy posible que a partir de una cierta antiguedad la base sea cero, o un valor insignificante.
Me parece arriesgado aventurar una cifra de coste real, si no se comprueba antes el valor de baremo al que aplicar el altísimo tipo de impuesto de matriculación que se nos exige en éste país.
Para vivir en un 30 pies con mucho espacio, no estaría de más que contemplaras la oportunidad de un Dufour 31, sin duda el más voluminoso del segmento y a prueba de bomba por lo que a robustez y duración respecta.
Saludos
