Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?
Cosas de las traducciones.
En mis papeles belgas pone "Home port" o "port d'attache" que según algunas traducciones sería "puerto de matrícula", que supongo equivalente a las siglas de las matrículas españolas que van en las amuras.
Así que lo de puerto base y puerto de registro creo que me queda claro:
Puerto de registro: el de la matrícula.
Puerto base: aquel en el que reside el barco, si es que está fijo en alguno.
Y según la normativa belga hay que llevar en la popa o en las aleta el nombre del "puerto de matrícula", que es el que ya he puesto.
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