Cita:
Originalmente publicado por NEFTA
Ni hablar, nadie mide nada. viene en la documentacion desde astillero
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Correcto y lo que se anota en la documentación del barco es la eslora del casco. Siempre que esta sea inferior a 12 metros, se podrá llevar con PER. Independientemente de la eslora total que tenga el barco. La diferencia entre las dos esloras ya se ha indicado más arriba (apéndices, etc.). Para nada se considera la eslora de flotación (esta te facilita otro tipo de información útil, como la habitabilidad interior de la que vas a disfrutar, si todo lo demás es igual).