Cita:
Originalmente publicado por goro
Ahora habría que saber qué exige Bélgica a los barcos con su bandera: qué obligaciones tienen, cómo definen sus zonas, cuántas son, qué equipamiento requiere cada una de esas zonas, posibles problemas posteriores al cambio de bandera, con "Papá Estado". Por cierto, supongo que aunque el barco no tenga bandera española, el patrón sí que está obligado por las leyes españolas (limitaciones de titulación,...).
Cada día nos liamos más...  , y sobre todo una ronda para los de Anavre, que se lo han currado!!.
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Te hago un resumen
En Bélgica hay dos zonas : aguas interior y mar .
No hay titulación ni ningún limite de ningún tipo
Al tener un barco belga valor de embajada , se rige por la reglas belgas navegue r donde navegue , salvo en lo que a pesca y MARPOL se refiere .
