Cita:
Originalmente publicado por Rascayus
¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?
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Tiene que ver que el material obligatório según la zona de navegación solamente se aplica a las embarcaciones de recreo (que son embarcaciones con eslora entre 2.5 y 24m). Sin embargo si tienes una embarcación de eslora inferior a 2.5 m, no estas obligado a matricularla o a inscribirla. Como no es considerada una embarcación de recreo, no está sujeta a la ley que estipula el material de seguridad y contraincendios para embarcaciones de recreo según zona de navegación.